Gestión de la escritura

El notario español tiene la posibilidad de tramitar la escritura, haciéndose cargo de la confección, pago y liquidación de los impuestos y de la inscripción en el registro mercantil. Para ello dispone de una cuenta destinada a la gestión de fondos de terceros.

La notaría puede pedir el certificado negativo del nombre de la sociedad a constituir, así como solicitar el número de identificación fiscal de la sociedad (C.I.F.) tanto provisional como definitivo, éste último, una vez inscrita la sociedad. 

Igualmente se puede ocupar el notario de la redacción y presentación del documento de declaración de la inversión extranjera o de la desinversión.