Certificado Europeo de Sucesiones

En el caso del fallecimiento de una persona en España con bienes en otro país donde se aplica el Reglamento Europeo de sucesiones, puede resultar útil tramitar un Certificado Europeo de Sucesiones para acreditar en otro país quién es el heredero, en qué proporción e, incluso, qué bienes le han sido adjudicados ya en la partición de la herencia y que se encuentran en otro país. Sólo el notario de la residencia habitual (con ciertas excepciones) puede tramitarlo. El Certificado no necesita ser traducido, pues responde a un modelo oficial disponible en todas las lenguas europeas de los países que han aprobado el Reglamento de Sucesiones, que regula este Certificado. Ahora bien, es importante también en este caso que el notario español conozca el idioma del país en el que se tiene que aplicar, pues parte del contenido debe ser redactado por él y, de redactarlo el notario español en español, luego deberá esta parte ser oficialmente traducida. Por otra parte, la labor de coordinación del notario español con el notario, Registro, banco o compañía de seguros extranjera donde va a ser utilizado es de la mayor importancia.